Decreto-ley 3/2009, de 22 de diciembre, por el que se modifican diversas leyes para la transposición en Andalucía de la Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre de 2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior.
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- Artículo 1. Modificación de la Ley 1/1996, de 10 de enero, del Comercio Interior de Andalucía.
- Artículo 2. Modificación de la Ley 9/1988, de 25 de noviembre, del Comercio Ambulante.
- Artículo 3. Modificación de la Ley 3/1992, de 22 de octubre, de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía.
- Artículo 4. Modificación de la Ley 12/1999, de 15 de diciembre, del Turismo.
- Artículo 5. Modificación de la Ley 8/2007, de 5 de octubre, de Museos y Colecciones Museográficas de Andalucía.
- Artículo 6. Modificación de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía.
- Artículo 7. Modificación de la Ley 8/2001, de 12 de julio, de Carreteras de Andalucía.
- Artículo 8. Modificación de la Ley 2/1986, de 19 de abril, del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Artículo 9. Modificación del Decreto Legislativo 1/2009, de 1 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de tributos cedidos.
- Artículo 10. Modificación de la Ley 22/2007, de 18 de diciembre, de Farmacia de Andalucía.
- Artículo 11. Modificación de la Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía.
- Artículo 12. Modificación de la Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de espacios naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección.
- Artículo 13. Modificación de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía.
- Artículo 14. Modificación de la Ley 5/1999, de 29 de junio, de Prevención y lucha contra los incendios forestales.
- Artículo 15. Modificación de la Ley 8/1999, de 27 de octubre, de Régimen Jurídico del Espacio Natural de Doñana.
- Artículo 16. Modificación de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la flora y la fauna silvestres.
- DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA. Acceso y comunicación electrónica.
- DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. Certificado de Calidad Municipal del Comercio de Andalucía.
- DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. Consejo Andaluz de Comercio.
- DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA. Plan de Establecimientos Comerciales.
- DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA. Prohibición de grandes superficies minoristas sobre suelo no urbanizable.
- DISPOSICIÓN ADICIONAL SEXTA. Licencia municipal de obras.
- DISPOSICIÓN ADICIONAL SÉPTIMA. Régimen de seguros.
- DISPOSICIÓN ADICIONAL OCTAVA. Aplicación de los requisitos previstos para el silencio administrativo desestimatorio regulado en normas preexistentes.
- DISPOSICIÓN ADICIONAL NOVENA. Notificación a la Comisión Europea.
- DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA. Previsiones del planeamiento urbanístico sobre grandes superficies minoristas.
- DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA. Adaptación del planeamiento sin aprobación inicial.
- DISPOSICIÓN TRANSITORIA TERCERA. Aplicación de los requisitos establecidos en el Título IV de la Ley 1/1996, de 10 de enero, a las solicitudes de licencia municipal de obras.
- DISPOSICIÓN TRANSITORIA CUARTA. Licencias comerciales y licencias municipales en tramitación.
- DISPOSICIÓN TRANSITORIA QUINTA. Solicitudes de licencia municipal de obras con planeamiento con ordenación pormenorizada a la entrada en vigor de este Decreto-ley.
- DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEXTA. Prórroga de licencias comerciales no ejecutadas.
- DISPOSICIÓN TRANSITORIA SÉPTIMA. Personas inscritas en el Registro General de Comerciantes Ambulantes.
- DISPOSICIÓN TRANSITORIA OCTAVA. Ordenanzas Municipales.
- DISPOSICIÓN TRANSITORIA NOVENA. Instituciones Feriales.
- DISPOSICIÓN TRANSITORIA DÉCIMA. FERIAS. Comerciales Oficiales.
- DISPOSICIÓN TRANSITORIA UNDÉCIMA. Régimen transitorio en materias distintas al área comercial y ferial.
- DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA. Derogación normativa.
- DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA. Adaptación de la normativa vigente.
- DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA. Desarrollo.
- DISPOSICIÓN FINAL TERCERA. Entrada en vigor.
- ANEXO. Actividades de servicios para las que será necesaria la cobertura de un seguro.
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