La Orden de 30 de abril de 2010, de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia (BOJA núm. 105 de 1 de junio de 2010), aprueba las normas reguladoras de la concesión de Becas Talentia, para la realización de estudios de postgrado en universidades y centros de enseñanza superior en el extranjero.
En la Disposición final Primera de la Orden citada anteriormente, se delega en la persona titular de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología la competencia para realizar las futuras convocatorias y se le faculta para desarrollar cuantas actuaciones sean necesarias para el cumplimiento, desarrollo, interpretación y aplicación de dicha Orden.
Por otra parte, de acuerdo con lo previsto en la misma, se procede a actualizar el Anexo III de la Orden, en el que se recogen las universidades y centros de enseñanza superior en el extranjero recomendados para la realización de programas incentivados con Becas Talentia.
Asimismo, se actualiza el Anexo II de la Orden, donde se detallan los importes de las bolsas de viaje a percibir por los beneficiarios de las becas, con el fin de ajustar dichos importes a la nueva oferta de centros de destino.
Por último, procede igualmente actualizar el Anexo I de la Orden, en el que se detallan los importes de las bolsas de estancia en las ciudades de destino, a fin de ajustar dichos importes al coste actual de la vida en el entorno de dichas ciudades.
El Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 108, de 4 de junio de 2010), establece la estructura y contenido mínimo de las bases reguladoras de subvenciones regladas, así como el procedimiento de concesión de subvenciones y el uso de medios electrónicos para su tramitación, de acuerdo con los previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, conforme a la cual fue elaborada la Orden de 30 de abril de 2010.
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Fuente: BOJA
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