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domingo, 25 de marzo de 2012

La Agencia Tributaria habilitará una plataforma para gestionar el pago a proveedores

La herramienta recogerá todas las facturas enviadas por las Entidades Locales al Ministerio de Hacienda, es decir, tanto las remitidas en marzo como las que se incluyan en los meses de abril y mayo, tras haberlo solicitado el proveedor al no aparecer en la relación inicial.

 

Las Corporaciones Locales que hayan acudido al plan de pago a proveedores deberán presentar antes del próximo 31 de marzo los planes de ajuste al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, que los aprobará o rechazará en el plazo de un mes.


Los planes deberán remitirse a la Oficina Virtual de Coordinación Financiera con las Entidades Locales por vía telemática y con firma electrónica. Allí los Ayuntamientos también podrán consultar la valoración que el equipo ministerial haga de los mismos.


Asimismo, los Gobiernos Locales tienen la obligación de establecer un procedimiento para que los proveedores puedan comprobar si están en los listados de obligaciones pendientes de pago que elaboraron hasta el pasado 15 de marzo. Los acreedores de las Entidades Locales que comprueben que sus facturas no aparecen en dicha relación podrán solicitar su inclusión y posterior remisión al Ministerio en los primeros cinco días hábiles de los meses de abril y mayo.


Los Ayuntamientos remitirán dichas certificaciones adicionales a la aplicación informática que habilitará la Agencia Tributaria para tal fin. Las Entidades Locales podrán consultar en dicha herramienta la situación real de sus obligaciones pendientes de pago entre los días 2 de abril y 8 de mayo. Y entre el 23 de abril y el 8 de mayo podrán introducir modificaciones o identificar situaciones especiales, como por ejemplo posibles conflictos en la identificación de la titularidad del derecho de cobro, pagos ya realizados, embargos y concursos de acreedores.


Una vez que se conozca el importe total de las obligaciones pendientes de pago, los Plenos de las Entidades Locales, durante la primera quincena de mayo, deberán aprobar la formalización de las operaciones de crédito correspondientes, siempre que el Ministerio de Hacienda haya dado su aprobación al plan de ajuste presentado por la Corporación.

A partir de ese momento, las entidades de crédito podrán realizar las transferencias a los proveedores incluidos en los listados. La fórmula para hacerlo está aún por determinar.


En el caso de que no se agote el importe máximo del mecanismo de financiación –en torno a 17.000 millones de euros-, en los cinco primeros días hábiles de los meses de junio y julio las Entidades Locales podrán hacer nuevas comunicaciones a la plataforma creada por la Agencia Tributaria incluyendo nuevas facturas emitidas a instancia de contratistas. Así lo explicó Gabriel Hurtado, Subdirector General de Estudios y Financiación de las Entidades Locales, en una sesión técnica, celebrada el pasado 21 de marzo, en la sede de la Federación Española de Municipios y Provincias.


Como consecuencia de ello, los Ayuntamientos podrán hacer nuevas operaciones de endeudamiento, sólo por el importe equivalente a dichas facturas, que deberán ser autorizadas por sus Plenos.

 

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