Seguimos informando

Toda la información de interés en este Blog, para las personas que trabajan en la Administración Local o pertenecen a alguna asociación o colectivo.


Si tienes alguna noticia o quieres comunicar cualquier cosa que sea del interés de todas las personas que componemos este blog [ 122], no lo dudes y envíalas al correo baldorodriguezster@gmail.com


Saludos, Babelio.

martes, 27 de abril de 2010

Ayudas para paliar los efectos del temporal en infraestructuras municipales


Desde el jueves 29 de abril, y hasta el 29 de mayo, permanecerá abierto el plazo para que Gobiernos Locales Provinciales e Insulares afectados por el temporal y otras catástrofes naturales, soliciten ayudas para paliar los daños en sus infraestructuras e instalaciones. Así queda recogido en la Real Decreto del Ministerio de Política Territorial que amplía el marco de las subvenciones por catástrofes, y una orden posterior sobre el procedimiento a seguir para tramitar las solicitudes.


 
El próximo 29 de mayo finalizará el plazo para que los Ayuntamientos, Diputaciones, Cabildos, Consejos Insulares y Comunidades Autónomas Uniprovinciales afectados por el temporal y otras catástrofes naturales presenten las solicitudes de ayuda para paliar los daños en infraestructuras e instalaciones de titularidad local. Se trata de una ampliación del ámbito de aplicación de la normativa del pasado mes de marzo que preveía “medidas urgentes para paliar los daños producidos por los incendios forestales y otras catástrofes naturales ocurridas en varias Comunidades Autónomas”.
 
En total, se prevé una subvención total de 131,5 millones de euros con la que se podrán financiar hasta un máximo del 50% del importe de los proyectos de reparación o reposición de infraestructuras, equipamientos, instalaciones y servicios de titularidad municipal y de Mancomunidades, además de redes de distribución y depósitos de agua.
 
Los municipios que pueden beneficiarse de las subvenciones aparecen detallados, por provincias y Comunidades Autónomas, en el anexo del Real Decreto publicado en el BOE del 23 de abril.
 
En el diario oficial de la jornada siguiente se recoge la Orden que viene a desarrollar el procedimiento de concesión. La gestión del procedimiento ha de realizarse a través de una aplicación informática específica a la que se puede acceder en la sede electrónica del Ministerio de Política Territorial (www.mpt.es). Las solicitudes de financiación serán evaluadas por las Subdelegaciones y Delegaciones del Gobierno.
Documentos relacionados

Documentos relacionados

No hay comentarios:

Publicar un comentario