El BOJA publica esta normativa, que contempla ayudas para el establecimiento por cuenta propia de un máximo de 11.000 euros
* BOJA número 85 (04/05/10)
El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ha publicado la nueva orden de la Consejería de Empleo de incentivos para los autónomos, que tiene como objetivo fomentar y consolidar el trabajo por cuenta propia con hasta cinco empleados. La normativa incorpora como principal novedad la prioridad en las subvenciones a las actividades más vinculadas a la economía sostenible, es decir, la atención a la dependencia, los servicios a la conciliación, el sector medioambiental y de energías renovables, la rehabilitación de viviendas y espacios públicos y las nuevas tecnologías. Las ayudas, que podrán alcanzar un máximo de 11.000 euros, cuentan para este año con una dotación presupuestaria de 34,3 millones de euros.
La orden contempla dos tipos de incentivos económicos: para el inicio de la actividad y para la consolidación del trabajo autónomo. Para el primero se requerirá haber iniciado la actividad en los seis meses anteriores a la apertura del plazo de solicitudes, con una situación previa de desempleo, mientras que para el mantenimiento como autónomo habrá que acreditar estar de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos durante un mínimo de un año (y una máximo de tres).
Serán prioritarias las actividades desarrolladas en las áreas territoriales preferentes para el empleo (zonas definidas por la Junta como especiales por sus condiciones económicas y sociales), así como, en caso del inicio de actividad, los colectivos de jóvenes menores 30 años, parados de más de 45 años o larga duración, mujeres víctimas de violencia de género, personas con discapacidad o inmigrantes, entre otros.
Las subvenciones para el establecimiento como trabajador autónomo oscilan entre los 5.000 euros para las personas desempleadas en general y los 11.000 para las mujeres desempleadas víctimas de violencia de género. Respecto a las ayudas al mantenimiento, se concederá hasta 4.000 euros (4.500 en el caso de zonas preferentes para el empleo) para financiar gastos e inversiones del autónomo que se hayan realizado y pagado en los seis meses anteriores a la apertura de plazos de solicitudes.
Solicitudes
Dichas solicitudes de ayudas podrán presentarse en las oficinas del Servicio Andaluz de Empleo (SAE) o, preferentemente, en el Registro Telemático Único de la Junta de Andalucía, en los meses de marzo y septiembre de cada año, y tendrán un plazo máximo de tres meses para resolverse. Excepcionalmente, la primera convocatoria de esta orden, correspondiente a este año, se realizará entre el 15 de mayo y el 15 de junio.
De forma complementaria a las subvenciones, todos los autónomos podrán beneficiarse del asesoramiento y asistencia técnica del SAE y del acceso a la red territorial de apoyo a emprendedores (FRAE), una infraestructura pública integrada por 215 centros de apoyo al desarrollo empresarial y un equipo técnico de mil especialistas en creación y gestión de empresas.
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